Aspectos
Aspectos de la Bandera de Guatemala
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La Asamblea Nacional Constituyente de Centroamérica indica en su decreto del 21 de agosto de 1823 los colores que debe de tener la bandera de Guatemala.
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En el artículo 2° señala que dicho escudo debe colocarse en todas las oficinas públicas.
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El 4° indica que los buques mercantes deben usar la bandera nacional sin escudo y en la franja blanca del centro tiene que levar el lema “dios, unión, libertad”.